Rescate de empresas, comerciantes y particulares

Rescate de empresas, comerciantes y particulares

¿Quién es insolvente o quién se considera insolvente?

Los deudores cuyo gasto es superior a sus ingresos son insolventes.

Insolvencia.- Este es el caso cuando un deudor no puede liquidar las obligaciones de pago. Si alguien deja de hacer pagos, generalmente se puede suponer que la persona es insolvente.

Insolvencia inminente.- Si es poco probable que un deudor pueda pagar las cuentas en el momento en que vencen, entonces corre el riesgo de convertirse en insolvente.

Sobreendeudamiento.- Se considera que están sobreendeudados si sus activos ya no cumplen con los reclamos monetarios existentes. 

Pero no siempre es tan fácil determinar si se produce este tipo de quiebra y cuándo, porque aquí, los problemas contables juegan un papel importante.

Cada vez más ciudadanos están cayendo en la trampa de la deuda. Pero, ¿qué se debe hacer si la deuda se vuelve abrumadora?

Independientemente de si necesita ayuda como particular o como empresario independiente, nuestro servicio de asesoramiento de deuda en México es el medio adecuado para usted. En estos casos financieramente difíciles, primero llevamos a cabo un análisis de la situación financiera actual. Sobre esta base, se decide si una reorganización o una liquidación de deuda extrajudicial es una opción o si una solicitud de concurso o quiebra es inevitable.

Tus beneficios:

Costos transparentes y justos, que se analizan en detalle en la reunión inicial.

Accesibilidad de lunes a viernes hasta las 9 p.m.

En casos especiales, las citas los fines de semana también son posibles.

Asesoramiento de deuda en la oficina o directamente en su ubicación.

¿Que no hacemos?

No prestamos dinero.

No pedimos que forme un fondo para pagar.

No somos una reparadora de deuda.

Brindamos un servicio legal para que usted aplique la norma en su caso. ¿Cuál norma? 

Si es empresa: La Ley de Concursos Mercantiles está a su favor porque desde su Artículo 1. párrafo segundo nos dice:

"Es de interés público conservar las empresas y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga una relación de negocios."

Lo que se vive es que por medio de la autodiad usted obtendrá un respiro, ese alivio de su deuda que le permita continuar sus actividades, reponerse y seguir. Y si es innevitable cerrar sin llevarse pendientes.

Si es persona física existe un Juicio Concursal adeucado para el comerciante o el partícular.

Con nuestro servicio usted hace valer ese interés de conservar la empresa, mantener la planta productiva y de manera legal vea sanar su empresa. O si es particular igualmente puede ver recupear sus finanzas.

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